Productos vinculados

Cada vez es un fenómeno más extendido que los bancos exijan la contratación de productos vinculados a la hipoteca para aprobar la concesión del préstamo. En el mejor de los casos servirán para reducir el diferencial, pero en otros condición sin e qua non para poder firmar. Os desvelamos cómo funcionan y cuáles es mejor evitar.

A la hora de valorar una hipoteca tendemos a centrarnos de forma inconsciente en el tipo de interés a pagar, al igual que cuando domiciliamos la nómina lo hacemos en el regalo y no en las comisiones bancarias.  Sin embargo, un préstamo hipotecario hay que valorarlo en su conjunto y no sólo por el diferencial sobre el euribor que proponga la entidad financiera. Lo primero en lo que debemos reparar es en las comisiones de la hipoteca, en muchos casos negociables, y acto seguido en cualquier producto asociado que nos obliguen a contratar.

Y es que en los últimos tiempos contratar una hipoteca no sale gratis (intereses al margen). Bancos y cajas aprovechan la escasez de crédito para ‘colocar’ sus productos y atrapar al cliente, su nómina, planes de pensiones, inversiones en fondos, depósitos… En las hipotecas bonificadas estos productos servirán para reducir el diferencial, pero en otros casos ni siquiera tendremos esa opción. Lo que debemos hacer es `reguntar siempre por las condiciones de estos productos para conocer sus costes y compararlo con el porcentaje que dejaremos de pagar como tipo de interés.

Os presentamos los productos vinculados y los requisitos más habituales por parte de bancos  y cajas:

  • Domiciliación de nómina: es un requisito casi indispensable para la concesión de la hipoteca pero también la menos nociva. Habrá que estudiar los costes de administración y mantenimiento que quieran cargarnos. En este punto siempre que sea posible trataríamos de contratar la cuenta remunerada que tuviese la entidad si fuese posible, como un mal menor.
  • Domiciliación de recibos: el número mágico de recibos suele ser tres y los bancos lo piden como una fórmula para asegurarse de que habrá dinero en la cuenta. No suele suponer un gasto extra pero sí una oportunidad si el banco dispone de cuentas que devuelven recibos.
  • Tarjetas de crédito y débito: se está poniendo de moda en los últimos años y no sólo en la contratación de la hipoteca, sino también en los regalos por domiciliar la nómina. Esto sí supone un coste añadido que vigilar, sobre todo si además se exige un gasto mínimo anual con la tarjeta. Conviene solicitar toda la información, empezando por las comisiones de la tarjeta y siguiendo por la modalidad de pago.
  • Seguro del hogar: lo exige la práctica totalidad de las entidades. Se trata de un seguro, en muchos casos a favor del banco, que cubre contra las contigencias más comunes. Su coste dependerá de las coberturas y sí puede encarecer mucho el precio de la hipoteca, ya que habitualmente hay que contratarlo con la aseguradora del banco, que no siempre ofrece las mejores condiciones. Por ley sólo es obligatorio contar con el seguro de incendios. La ventaja es que la fiscalidad del seguro del hogar permite sumar el importe a la deducción por vivienda habitual en la declaración de la renta.
  • Seguro de vida: este seguro no es obligatorio, pero sí lo exigen muchas entidades. El coste dependerá del capital a financiar por la hipoteca, ya que es un seguro de vida ligado al préstamo que básicamente cubre la cantidad adeudada en caso de fallecimiento. Es un coste añadido muy grande que depende de la edad y cuantía del préstamo pero que suele oscilar entre los 400 y los 1.000 euros anuales. Si en el contrato no figura nada podremos eliminarlo tras firmar o en su defecto cambiarlo a otra entidad. Lo más importante es que no se trate de un seguro de prima única.
  • Seguro de desempleo o de prorección de pagos: menos habitual como requisito obligatorio, pero uno de los más ofertados. Básicamente nos protege en el supuesto de quedarnos en paro o de que por incapacidad no podamos hacer frente a la hipoteca. Su precio depende del valor total de la hipoteca y puede alcanzar hasta el 1,5%. Conviene evitarlo a toda cosa y en caso de firmarlo nunca hacerlo con prima única.
  • Plan de pensiones: la contratación de planes de pensiones también es uno de los últimos en llegar.  No tiene que ser mala por sí misma, aunque tampoco positiva, sobre todo cuanto se obliga a realizar una aportación mínima al plan de pensiones. La ventaja es que, salvo en las hipotecas bonificadas, podremos cambiarlo de banco si encontramos una oferta mejor.
  • Acciones de la entidad: la última moda. No suele ser una obligación pero en algunos casos puede bonificar el tipo de interés.
  • Depósitos: algunas hipotecas bonificadas lo incluyen como un elemento para rebajar el diferencial de la hipoteca. Lo importante en este punto es comparar la oferta de depósitos de la entidad con los mejores depósitos del mercado en ese momento.

Antes de decidirnos a firmar la hipoteca deberemos pedir información de cada uno de estos productos vinculados y asociados para calcular su coste. Una vez sepamos cuánto dinero tendremos que pagar o ‘perder’ cada año gracias a ellos podremos compararlo con la rebaja del tipo de interés que nos ofrecen y ver si realmente es rentable o no su contratación.

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