Ocho medidas para solucionar el problema de los hipotecados

¿Qué medidas pueden tomarse para solucionar el problema de los hipotecados? Ausbanc nos presenta ocho iniciativas para paliarlas deficiencias del actual marco jurídico y dar algo más de protección a las personas con hipotecas, especialmente aquellas que afrontan procesos de ejecución hipotecaria.

A través de El Mundo nos llegan las reclamaciones que Ausbanc, la Asociación de Usuarios de Servicios Bancarios, hace al nuevo Gobierno del PP. Se trata de medidas en principio encaminadas a proteger a la parte más débil en el ámbito inmobiliario y de los préstamos hipotecarios: la persona endeudada. Es decir, el ciudadano de a pie.

Veamos cuáles son estas propuestas y el estado de cada una de ellas, ya que en algunos casos  se trata de iniciativas que ya están en marcha o se refieren a medidas ya tomadas que en parte cubren esas reclamaciones:

  1. Impulso del conocimiento y cumplimiento de la legislación sobre transparencia del sector hipotecario y de protección a los consumidores, con sistemas de control a través de organismos de consumo. La reforma hipotecaria cubre en teoría parte de esta necesidad a través de la Orden EHA/2899/2011, de 28 de octubre de transparencia y protección del cliente de servicios bancarios. Sin embargo, la forma en la que está articulada provee de más información al usuario pero libera de resposabilidad a las entidades financieras. Medidas como las de la Comunidad de Madrid de multar a bancos y cajas podrían estar más en sinfonía con lo que se buscam así como un mayor sistema de control sobre las entidades a través de organismos de consumo.
  2. Mediación obligatoria con la incorporación a la legislación procesal reguladora de la ejecución sobre bienes hipotecados de un procedimiento de mediación obligatorio.
  3. Limitaciones de la adjudicación del bien, empezando por equiparar el porcentaje mínimo por el que la entidad ejecutante puede adjudicarse el bien subastado. En todo caso, con independencia de que haya o no postores en la subasta, fijarse éste en el 70%. Además, equiparar el valor de tasación a efectos de subasta que se refleja en la escritura pública del préstamo hipotecario con el valor de tasación de mercado que se realiza al momento de la concesión del préstamo. En la actualidad y tras las últimas reformas se aumentó del 50% al 60% la el valor mínimo a pagar por el banco en caso de no haber postores en la subasta pública.
  4. Prohibición de la doble tasación del inmueble, no permitiéndose segundas o posteriores tasaciones durante el proceso de ejecución, tanto ordinaria como hipotecaria
  5. Moratoria en el pago del principal del préstamo, incluyendo la posibilidad de que el deudor hipotecario pueda suspender durante un periodo el pago del principal del préstamo. Es decir, establecer un periodo de carencia obligatorio por ley.
  6. Limitación de los intereses de demora a un tipo máximo de 2,5 veces el interés legal del dinero.
  7. Derecho de opción de arrendamiento hasta que no se venda la vivienda.
  8. Modificación del proceso concursal de personas físicas con la introducción de la paralización de ejecuciones de garantías reales.

Estas son las medidas de Ausbanc en las que, curiosamente, no a parece la dación en pago de la hipoteca. ¿Añadiríais alguna?

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